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Los agricultores ya pueden pedir las ayudas para paliar los daños de la DANA

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La Generalitat Valenciana publica en el Diario Oficial de la Generalitat (DOGV) la resolución por la que fija el procedimiento de concesión y pago de las ayudas urgentes para paliar los daños producidos en las explotaciones agrarias, ocasionados por la DANA del pasado mes de septiembre. De esta forma, ya se pueden solicitar las ayudas; en concreto, el plazo de presentación de solicitudes será de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de este decreto.

El importe máximo de esta ayuda es de hasta 8.000 euros por solicitud y la cantidad a abonar se calculará en base al informe pericial sobre valoraciones de los daños, mientras que la cantidad global máxima asciende a 20 millones, con posibilidad de ampliarse.

Este decreto evidencia el compromiso de la Generalitat de poner en marcha una partida presupuestaria de carácter extraordinario, orientada a los agricultores y ganaderos. Unas ayudas que se aprueban de manera paralela a otras medidas, activadas también para este sector productivo de la Vega Baja, como la reparación de las infraestructuras de regadío que cuentan con un presupuesto de 10 millones de euros.

Pérdidas en bancales o daños en vallados
La resolución detalla para qué tipo de daños se pueden destinar estas ayudas; por ejemplo, daños en vallado o cerramiento de recintos o parcelas agrarias; daños en balsas; daños en casetas; pérdidas o daños en bancales, terrazas, muros y otros elementos de formación de parcelas, o depósitos de combustible, entre otros.

Pueden acogerse las explotaciones agrarias con parcelas afectadas que no presentan pólizas amparadas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados (Pla 2019) y se podrá conceder una ayuda de hasta el 35% de los daños valorados.

Además, para las explotaciones agrarias con parcelas afectadas que presentan póliza de seguro agrario y con daños en cercado de recintos o parcelas y/o daños en balsas para almacenamiento de agua se podrá conceder una ayuda de hasta el 35% de los daños valorados.

 Las solicitudes para acogerse a esta ayuda deberá presentarse  en las oficinas de coordinación de la postemergencia habilitadas por la Generalitat o, en su caso, en las oficinas habilitadas por la Generalitat en los ayuntamientos, o bien telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en el siguiente enlace http://www.gva.es/proc=20768.

 

 

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